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Wednesday, December 16, 2009

Navegador Chrome gana terreno entre sus competidores

navegador google chrome
navegador google chrome

La incorporación de extensiones y las versiones para Mac y Linux lograron que el browser de Google superara en uso a un navegador histórico: el Safari de Apple.

De acuerdo a los datos de Net Applications, en la semana del 6 al 12 de diciembre el 4,4% de los internautas utilizó Chrome para navegar por la web. Safari, en tanto, posee el 4,37% del mercado.

En noviembre, Chrome era empleado por el 3,81% de los internautas que visitan las páginas web monitoreadas por Net Applications.

De acuerdo al mismo informe, Chrome es utilizado por el 1,3% de todas las computadoras que funcionan con Mac OS, una cifra bastante por encima del 0,32% que exhibía en noviembre.

Los líderes del mercado continúan siendo Internet Explorer de Microsoft y Firefox de Mozilla, que ostentan 63,6% y 24,7%, respectivamente.

Tuesday, December 15, 2009

China comienza a cerrar webs personales y Australia prepara un filtro para la Red

china australia cierran sitios web
china australia cierran sitios web

Las autoridades chinas han reforzado su habitual censura en Internet con el cierre de los sitios web registrados a nombre personal, un día después de cancelar 530 páginas de intercambio P2P, con la excusa de frenar la pornografía en la red.

La nueva regulación fue anunciada por el Centro de Información para Internet de China, que supervisa los registros de sitios web en el país asiático, y explicó que la medida, que entró ayer en vigor, se lleva a cabo por la preocupación del régimen chino de que los contenidos pornográficos se divulguen en las web personales.

Los proveedores de Internet tienen prohibido, bajo esa nueva normativa, acoger sitios web personales, y sólo los negocios con licencias en vigor u organizaciones autorizadas por el Gobierno chino podrán conseguir esa autorización. La normativa se aplicará a las nuevas peticiones de web personales, pero las ya existentes también corren peligro.

Numerosas web personales han sido ya canceladas en las provincias de Jiangsu, Henan, Zhejiang, Jiangxi y Shanghai, y la web Nanjingtaobao.com es una de las víctimas. "La mayoría de las webs de todo el mundo están establecidas por individuos", señaló el administrador de esa página. "Internet necesita libertad, necesita compartir y necesita difundir. Matar las web personales es como matar a un niño en su cuna", agregó.


Australia sigue los pasos chinos

El Gobierno de Australia ha anunciado la creación de un "cortafuegos" en la red nacional de Internet, inspirado en el modelo chino, con la finalidad de bloquear el acceso a páginas de contenido delictivo.

Esta iniciativa, indicó a la prensa el ministro de Comunicación Stephen Conroy, será puesta en funcionamiento al haber llegado a la conclusión tras un periodo de siete meses de prueba, que el dispositivo de bloqueo es plenamente certero y no reduce de forma significante la velocidad de la Red.

Conroy señaló que además que el Ejecutivo aprobará nuevas leyes para prohibir el acceso a las páginas con la etiqueta "clasificación rechazada", entre las que estarán incluidas todas aquellas sobre pornografía infantil, violencia de género y abuso de drogas. La inclusión de una página digital en la "lista negra" será decidida por una comisión independiente de clasificación tras examinar las quejas del público, precisó el ministro australiano.

En marzo de este año, el Ministerio de Comunicaciones admitió errores en la lista negra de páginas "web" que el Gobierno de Camberra tenía la intención de prohibir, y que fue desvelada por una asociación de internautas que identificó varias de contenido inofensivo, como de operadores turísticos y hasta de un dentista. El plan del Gobierno ha desatado protestas en el país y llevado a organizaciones como Reporteros Sin Fronteras a incluir a Australia en su lista de "doce enemigos de Internet".

20Minutos

Saturday, December 5, 2009

Vandellòs II vuelve a conectarse a la red tras una parada programada

vandellos
vandellos

La central nuclear de Vandellòs II volvió a las 4.28 horas de hoy a conectarse a la red tras la parada programada de su reactor para realizar unos ajustes en el interior del edificio de contención, informó la Asociación Nuclear Ascó-Vandellòs II (Anav).

La parada, que estaba programada para la medianoche del jueves, no contabilizó como incidente por estar prevista desde hace más de 72 horas, tal y como se informó al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). La actuación se realizó en el edificio de contención, y consistió en el ajuste de caudales en una de las bombas principales de la planta.

Ascó I permanece inactiva desde el 18 de noviembre, cuando se produjo una parada automática por una señal de bajo nivel en el generador de vapor A. Los técnicos determinaron que fue debida a un fallo mecánico en el sistema de regulación de velocidad de la turbobomba de agua de alimentación principal.

Europa Press

Sunday, November 22, 2009

CLOUD COMPUTING: ¿EXISTE CONCIENCIACIÓN SOBRE EL RIESGO?

computacion nube
computacion nube

Una de las últimas tendencias que están despuntando en el panorama tecnológico contemporáneo es el conocido Cloud Computing o la castellanizada Computación en Nube, considerada como la nueva tecnología web basada en la prestación de servicios de computación a través de Internet.

Con el objetivo de facilitar la intercomunicación empresarial y favorecer el desarrollo laboral en cualquier lugar del mundo, las empresas incorporan esta novedad, concretamente, permitiendo el uso de aplicativos propios ubicados en un servidor web con acceso a través de Internet.

En este sentido, por ejemplo, un empleado de una entidad podrá desarrollar su labor empresarial tanto en la oficina, como, por ejemplo, directamente en una visita comercial, sin necesidad de disponer en todo momento de sus herramientas propias de trabajo.

Sin embargo, todas estas ventajas que presenta esta nueva tecnología web, se pueden ver ensombrecidas por los riesgos que pueden llevar aparejados en caso de que se haga un mal uso de la herramienta o no se observen las medidas de seguridad pertinentes que permitan una protección extremada de la información.

En atención a las características propias de este tipo de tecnología, deberá tenerse especial consideración de los riesgos inherentes a ella, en cuanto a la pérdida de información, la falta de integridad, o el acceso indebido a la misma por personal no autorizado al efecto.

En este sentido es conveniente hacer referencia a la existencia de una normativa específica, que lo que pretende, fundamentalmente, es proteger y regular el tratamiento de datos de carácter personal y, como consecuencia, de la información empresarial en general porque, mediante la utilización de estas aplicaciones web, lo que se está haciendo es ponerla en un servidor común a nivel mundial como es Internet.

Tal normativa está integrada básicamente por la ya conocida Ley de e Protección de Datos, concretamente la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal (LOPD), y por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD (RDLOPD).

Dicha normativa, prevé una serie de medidas tanto técnicas como organizativas con el objetivo de velar por la seguridad de los datos, cuyo incumplimiento podrá acarrear una serie de sanciones preestablecidas.

Entre dichas medidas, conviene destacar aquellas eminentemente técnicas, tales como, por ejemplo, el establecimiento de sistemas de identificación y autenticación de usuarios, permitiendo de esta manera establecer un control de acceso lógico a la información, es decir, evitando así un acceso indebido por personal no autorizado al efecto; la definición de procedimientos de realización de copias de respaldo, al menos semanalmente; o, por ejemplo, el establecimiento de cifrados en la información cuando se proceda a su transmisión a través de redes públicas, velando así por su integridad.

En este sentido es conveniente puntualizar que dichas medidas recogidas en la normativa anteriormente referida, variarán en función la tipología de datos objeto de tratamiento, haciéndose mucho más restrictivas a medida que los datos impliquen o lleven aparejada una sensibilidad mayor, véase, por ejemplo, datos de salud, afiliación sindical, religión, creencias…

En este sentido, se recoge la obligación de que los productos de software destinados al tratamiento automatizado de datos personales deberán incluir en su descripción técnica el nivel de seguridad asignado, en función del tipo de datos objeto de tratamiento.

Pero no sólo debe atenderse a la normativa local si no que dada la propia naturaleza de este tipo de servicios es muy probable que no hallemos ante una Transferencia Internacional de Datos, dado que muchas aplicaciones web se acabarán ubicando en servidores extranjeros.

El Movimiento Internacional de Dados, viene regulado en la normativa en materia de Protección de Datos, concretamente en la Instrucción 1/2000, de 1 de diciembre de la Agencia Española de Protección de Datos, en la cual se prohíbe como regla general la Transferencia Internacional de Datos con destino a países que no proporcionen un nivel de protección equiparable al establecido en la LOPD, sin la previa autorización del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, salvo determinadas excepciones previstas en la normativa de referencia.

Así mismo, también se recoge la obligación de cumplimiento de una serie de requisitos tales como, el deber de información y la correspondiente notificación de la Transferencia a la Agencia Española de Protección de Datos.

En base a todo ello, debemos ser conscientes de que nos encontramos ante una medida que presenta innumerables ventajas para el desarrollo empresarial dentro de una organización, siempre y cuando se incorporen las medidas de seguridad técnicas pertinentes para garantizar la integridad y confidencialidad de la información.

Por ello, cada vez más, el empresario se va concienciando de la importancia de la contratación de este tipo de servicios a personal con conocimientos y formación en la materia, puesto que las sanciones por el incumplimiento de este tipo de medidas, son excesivamente elevadas ya que oscilan entre 60.000 y 600 euros.

Csospain