
Un tribunal de Milán ha condenado a tres ejecutivos de Google en Italia por difamación y violación de la intimidad.
La causa se abrió por no haber impedido en 2006 que Google Vídeo mostrara un archivo en el que se veía a un menor afectado por síndrome de Down siendo insultado y agredido por cuatro estudiantes de un instituto técnico de Turín que realizaban el saludo fascista.
La víctima permanece inmóvil y el resto de la clase contempla la escena sin inmutarse. Los tres ejecutivos han sido condenados a seis meses de cárcel.
El vídeo fue grabado en mayo de 2006 y colgado en Google en setiembre, donde permaneció hasta el 7 de noviembre. Se contabilizaron 5.500 consultas. Google alegó que retiró el vídeo cuando tuvo noticia formal de su existencia.
Los abogados de la víctima habían retirado la demanda, pero ésta fue mantenida por las autoridades italianas. Éstas han sostenido que Google no actuó con diligencia porque desde que publicó el vídeo recibió quejas de los internautas por su contenido.
La sentencia reabre el debate sobre la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet por los contenidos generados por terceros que albergan en su sitio. Italia planea endurecer la ley para incrementar la responsabilidad de éstos en tales casos.
En España, la ley exige para perseguir al proveedor que éste tenga "conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización".
Fuente: ElPais
La causa se abrió por no haber impedido en 2006 que Google Vídeo mostrara un archivo en el que se veía a un menor afectado por síndrome de Down siendo insultado y agredido por cuatro estudiantes de un instituto técnico de Turín que realizaban el saludo fascista.
La víctima permanece inmóvil y el resto de la clase contempla la escena sin inmutarse. Los tres ejecutivos han sido condenados a seis meses de cárcel.
El vídeo fue grabado en mayo de 2006 y colgado en Google en setiembre, donde permaneció hasta el 7 de noviembre. Se contabilizaron 5.500 consultas. Google alegó que retiró el vídeo cuando tuvo noticia formal de su existencia.
Los abogados de la víctima habían retirado la demanda, pero ésta fue mantenida por las autoridades italianas. Éstas han sostenido que Google no actuó con diligencia porque desde que publicó el vídeo recibió quejas de los internautas por su contenido.
La sentencia reabre el debate sobre la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet por los contenidos generados por terceros que albergan en su sitio. Italia planea endurecer la ley para incrementar la responsabilidad de éstos en tales casos.
En España, la ley exige para perseguir al proveedor que éste tenga "conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización".
Fuente: ElPais
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